Auto Supremo AS/0217/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

En aplicación del art


Por las razones expuestas y habiéndose determinado que los argumentos por los que el Tribunal de apelación determinó agravar la fijación de la pena en contra del acusado, no se encuentra legal y razonadamente sustentada, lo que evidentemente lesiona el principio de legalidad, corresponde declarar fundado el recurso.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por Alejandro Bautista Calle Gonzales, con los fundamentos expuestos precedentemente y en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 46/2016 de 20 de junio, y determina que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sin espera de turno y previo sorteo, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida. Para fines del art. 420 del CPP, remítase fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus presidentes hagan conocer la presente resolución a los tribunales y jueces en materia penal de su jurisdicción.


En aplicación del art. 17.IV de la LOJ, por Secretaría de Sala comuníquese el presente Auto Supremo al Consejo de la Judicatura a los fines de ley