Auto Supremo AS/0226/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

d) En contraste, se tiene que las consecuencias del hecho que se le atribuye como


c) En la valoración de las circunstancias previstas por los arts. 38 y 40 del CP, se tiene que el autor hubo acreditado en juico que no cuenta con antecedentes penales ni policiales de ninguna índole antes del presente proceso, que se encuentra vinculado al matrimonio con Basilia Victorio Huaylla, con quien procreó cinco hijos que oscilan entre las edades de veinte tres y diez años, realizó su actividad laboral de chofer, por espacio de más de veinte años sin que en dicho tiempo, hubiera tenido algún conflicto o percance anterior similar al ocurrido.

d) En contraste, se tiene que las consecuencias del hecho que se le atribuye como demostrado, generó la muerte de seis personas y varios heridos, personas que por su edad relativamente jóvenes, tenían un futuro encomiable como miembros de la institución armada del Estado, así como los religiosos que igualmente perdieron la vida, sin que dicha pérdida pueda ser repuesta, hechos a los que hay que sumar que no se demostró un arrepentimiento ni una actitud tendiente a la reparación del daño causado