Auto Supremo AS/0226/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Previo al análisis del caso concreto y con el propósito de sentar fundamentos para su


Previo al análisis del caso concreto y con el propósito de sentar fundamentos para su resolución, es necesario señalar que el art. 118.III de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que: "El cumplimiento de las sanciones privativas de libertad y las medidas de seguridad están orientadas a la educación, habilitación e inserción social de los condenados, con respeto de sus derechos"; a su vez, el párrafo segundo del mencionado artículo señala: "La máxima sanción penal será de treinta años de privación de libertad, sin derecho a indulto"; dichos preceptos constituyen el marco general constitucional, sobre el cual el legislador impone o define las penas mínimas y máximas para los distintos tipos penales, que a su vez se constituye en el "espacio o margen", que el legislador otorgó al Juez, para que éste proceda a valorar todas y cada una de las particularidades presentes en el caso a resolver, observando los arts. 37 y siguientes del CP