Auto Supremo AS/0232/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0232/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Por otro lado, con relación a la resolución del Auto de Vista en el que


Por otro lado, con relación a la resolución del Auto de Vista en el que se establece que el Tribunal de Sentencia al condenar a la imputada por el delito de Abuso de Confianza actuó sin competencia; dicho criterio es errado, porque para dar aplicación del principio iura novit curia exige como único requisito que se trate de la misma familia de delitos o similar bien jurídico protegido, requisito que se ha cumplido por parte del Tribunal de Sentencia, porque el delito acusado es el de Estafa, el mismo que es de la misma familia del delito que el Abuso de Confianza (delito por el que se le condenó a la imputada); además, de que tienen el mismo bien jurídico protegido que es “El patrimonio” constituyendo a ambos delitos patrimoniales que se encuentran en el Título XII del CP, como delitos contra la propiedad; además, el referido principio no prohíbe que un Juez o Tribunal de Sentencia que sustancie un juicio por un delito de carácter público, pueda emitir una Sentencia por otros delitos diferentes al acusado, aún éste sea de carácter privado exigiéndose simplemente que se trate de un delito de la misma familia; en consecuencia, el Auto de Vista es contrario a los precedentes contradictorios invocados