Auto Supremo AS/0334/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0334/2017

Fecha: 03-Abr-2017

Con relación al reclamo diremos que de la revisión del proceso se establece que el

Con relación al reclamo diremos que de la revisión del proceso se establece que el Juez de la causa confirmó la clausura el proceso mediante Auto Resolución Nº 459/2014, la misma que cursa de fs. 311 a 312, sin embargo en el mismo auto establece que existiendo audiencias señaladas mediante providencia de fs. 267, y que fueron notificadas el mismo día han sido suspendidas, mediante memorial de incidente de notificación cursante a fs. 291 de obrados, el mismo que se tramita en forma accesoria y por su naturaleza no puede suspender el proceso tal como determina el art. 150 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo en el mismo Auto el Juez determina que estando alternativamente planteada la apelación se dispone se tramite la misma observando lo previsto por el art. 25 de la Ley 1760