Auto Supremo AS/0414/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Conforme se tiene señalado en el punto III

Conforme se tiene señalado en el punto III.4 de la doctrina, la posesión es la toma de bienes que hace el heredero de los bienes dejados por su causante, acto que se encuentra a cargo de la autoridad jurisdiccional ejecutada a solicitud del o los interesados, acto para el cual el Juez fija día y hora para ministrar posesión a los herederos de los bienes acreditados, previo el cumplimiento de formalidades; que en el caso de Litis fue cumplido por los demandantes. De ello se infiere que el acto de la posesión de bienes solicitado emerge precisamente de la declaración de herederos sin el cual no sería procedente dicha solicitud, siendo requisito sine quanon la presentación del testimonio de declaratoria de herederos debidamente ejecutoriado