Auto Supremo AS/0414/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2017

Fecha: 12-Abr-2017

En cuanto a la respuesta del recurso de casación, las hermanas Coca Suarez se pronuncian

De lo manifestado precedentemente se infiere que en el caso de Litis no existe discusión sobre la declaratoria de herederos, menos habría sido está cuestionada durante su tramitación; es así que ambas partes cuentan con sus testimonios de declararía de herederos debidamente ejecutoriadas; estando en discusión la solicitud posesión instaurada por los demandantes a la que se opusieron las hermanas Coca Suarez, en tal sentido debe quedar claramente establecido que la posesión de bienes es emergente de la declaratoria de herederos como se tiene manifestado líneas arriba, no siendo aplicable la prescripción a la misma como erradamente lo sostiene el Auto de Vista impugnado.
En cuanto a la respuesta del recurso de casación, las hermanas Coca Suarez se pronuncian respecto del mismo, señalando que el presente recurso para su admisión debió reunir requisitos tanto de forma como de fondo conforme lo señala el numeral 3) del art. 274 del “Código de Procedimiento Civil”, expresando de manera clara y precisa la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando en que consiste la infracción, violación o falsedad, sea en el fondo, en la forma o en ambos. Llegando a la conclusión de que la parte recurrente no habría dado cumplimiento a los requisitos señalados supra, aspecto que no es evidente, ya que por auto de Admisión de fs. 309 a 310 se determinó que el recurso contiene los requisitos correspondientes para su admisión