Auto Supremo AS/0329/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

2)Denuncia que la Sentencia también incurrió en el defecto previsto por el inc


2)Denuncia que la Sentencia también incurrió en el defecto previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, pues en la fundamentación probatoria, no existe a decir del apelante una valoración integral apoyada en elementos fácticos y normativos, no existiría testigos más que la víctima y la pericia psicológica de la misma no sería creíble, porque no existiría manifestación de la participación del imputado de manera consiente, no existiría informe del investigar del caso, no habría una inspección ocular, no se habría verificado la existencia o inexistencia del hecho, no existirían testigos de cargo ni indicios del hecho, la pericia psicológica indicaría que no existe secuelas del supuesto hecho, que además mostraría el carácter agresivo de la víctima