Auto Supremo AS/0329/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

De lo que se colige, que evidentemente esta conducta del imputado es reprochable penalmente, acomodando


De lo que se colige, que evidentemente esta conducta del imputado es reprochable penalmente, acomodando su conducta al tipo penal de violencia familiar o doméstica tipificado en el art. 272 Bis del CP, en sus numeral 1), que se refieren a que el imputado siendo cónyuge de la víctima, consiguientemente el día del hecho esposos entre sí, se aprovechó que la víctima se encontraba en estado de total vulnerabilidad al ser mujer y en consecuencia no poderse defender al estar sola en su casa sin testigos que puedan presenciar, menos defenderla, considerándose en consecuencia como delitos de silencio, tipo penal introducido por la Ley Nº 348 de 9 de marzo de 2013, siendo su participación de dicho imputado en el presente hecho, como único autor de principio a fin, hasta lograr su objetivo final, cual es de haberla lesionado físicamente, tal como previene el art. 20 del CP, conforme a lo fundamentado jurídicamente líneas arriba.” (sic)