Auto Supremo AS/0329/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

Por Sentencia 32/2016 de 7 de junio, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental


Por Sentencia 32/2016 de 7 de junio, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Iván René Rodríguez Mejía, autor de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 Bis. del CP, modificado por la Ley 348 de 9 de marzo de 2013, imponiendo la pena de dos años de reclusión, con costas y reparación de daños, al concluir previa referencia al art. 272 Bis del CP, lo siguiente: “Que conforme al tipo penal descrito, se colige que en el caso de autos el imputado Iván René Rodríguez Mejía, el día 20 de octubre de 2013, a las 8 de la noche aproximadamente, en circunstancias en que ambos vivirán en ese domicilio de calle Fortunato Gumiel Nº 15 todavía como esposos, domicilio en el cual se encontraban solos los dos junto a su pequeña hija con problemas de salud, consiguientemente, sin testigos, es que debido a los problemas conyugales que atravesaban ambos, es que el acusado precisamente debido a esos problemas es que le llega a golpear a la víctima, propinándole dos golpes en la cara, dos patadas en la pierna y puñetes en sus brazos, pero que no llegó a sangrar, pues no le dio puñetes en la nariz y después de golpearla el acusado se fue y que debido a estos golpes es que se produjo lesiones físicas, comprobadas por el médico forense al día siguiente en horas de la tarde, quien previo examen y diagnóstico, corrobora la existencia de estas lesiones, diagnosticando tumefacción a nivel malar lado derecho, equimosis a nivel del muslo derecho región externa de 40 y 60 mm de diámetro. Consideraciones médico-legales, las lesiones han sido ocasionadas por contusión traumática en forma directa., otorgándole una incapacidad de 6 días, certificado que data de fecha 21 de octubre de 2013