Auto Supremo AS/0446/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0446/2017

Fecha: 03-May-2017

Delimita como ámbito de análisis de la problemática planteada indicando que la defensa del imputado

I. ANTECEDENTES.-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia durante la audiencia pública de consideración de medidas cautelares de carácter personal de fecha 30 de noviembre de 2016 en el proceso indicado al exordio, pronunció el Auto interlocutorio (primer auto), declarando INFUNDADAS las solicitudes de corrección procesal formuladas por los imputados German Reynaldo Peters y Samuel Doria Medina, disponiendo como válida la determinación (suspensión del proceso) asumida respecto a los imputados Juan Demeure Vander y Germán Quiroga Gómez, debiendo proseguirse con la audiencia de consideración de medida cautelar (a los demás imputados), advirtiendo a las partes que la Resolución es recurrible de apelación incidental en el plazo de tres días desde la lectura del fallo; los fundamentos del Tribunal en lo que corresponde específicamente al apelante Germán Reynaldo Peters Arsabe, son los siguientes:
Delimita como ámbito de análisis de la problemática planteada indicando que la defensa del imputado Germán Reynaldo Peters solicita la suspensión de la “presente audiencia” hasta que se resuelva la apelación incidental presentada contra la Resolución (Auto Supremo Nº 32 de 21 de noviembre de 2016) que declaró infunda la excepción de incompetencia, al tener en su criterio carácter suspensivo conforme al art. 396.1) del CPP al estar cuestionada la potestad del Tribunal para conocer la presente causa, señalando al respecto que debe tenerse en cuenta que si bien es cierto que el art. 396 num. 1) del CPP establece como regla general que los recursos tendrán efecto suspensivo, no es menos evidente que el sistema de recursos previsto en dicha Ley regula la apelación incidental conforme el inc. 2) del art. 403 sujeto al trámite establecido en los arts. 404 al 406 del citado Código