Auto Supremo AS/0465/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0465/2017

Fecha: 08-May-2017

En el caso en examen la pretensión jurídica de la presente demanda es el reconocimiento

A continuación debemos referirnos a los actos que interrumpen la prescripción para lo cual conforme lo referimos en el punto III. 2 de la doctrina aplicable al caso es necesario remitirnos a lo dispuesto por el art. 1503 del Código Civil que señala: “I. La prescripción se interrumpe por una demanda judicial, un decreto o un acto de embargo notificados a quien se quiere impedir que prescriba, aunque el Juez sea incompetente”.
En el caso en examen la pretensión jurídica de la presente demanda es el reconocimiento de calidad de bien ganancial, la anulabilidad del documento de garantía, anulabilidad de adjudicación judicial de bienes inmuebles gananciales, la anulabilidad de contrato de transferencia realizado por el Banco adjudicatario en favor de Víctor Hugo Escobar Ortuño y Nelson Alberto Jordán Bazán en ese sentido, debemos centrar el análisis, en establecer desde que momento la parte demandante, tenía la obligación de hacer valer sus derechos respecto al bien inmueble que fue objeto de garantía hipotecaria otorgado por su conviviente Benigno Alfredo Escobar Orellana