Auto Supremo AS/0497/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0497/2017

Fecha: 15-May-2017

Con relación a que el Juez de Instrucción Mixto del Municipio de Achocalla no tendría

Con relación a que el Juez de Instrucción Mixto del Municipio de Achocalla no tendría competencia territorial, pues habría demostrado que el inmueble se encuentra en el municipio de El Alto; en lo que concierne a este reclamo corresponde realizar las siguientes consideraciones que emergen precisamente de la revisión de obrados:
Regina Roque Suntura y Anacleto Serrano Quispe mediante memoriales de fs. 12 a 14, que fue subsanada por memoriales de fs. 16, 17 y 18, interpusieron acción de reivindicación aduciendo ser propietarios del lote de terreno Nº 3, ubicado en el manzano “N”, con una superficie de 250 mts2., ubicado en la urbanización Villa Alina de Achocalla Provincia Murillo del Departamento de La Paz, inmueble que se encontraría debidamente inscrito en Derechos Reales bajo la matrícula Nº 2.01.3.01.0049561. De esta manera y con la finalidad de acreditar dicho extremo adjuntaron en calidad de prueba documental preconstituida, entre otros documentos, el plano de lote debidamente aprobado por el Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla que demuestra que el inmueble se encuentra ubicado en el departamento de La Paz, Provincia Murillo, Cantón Achocalla, Comunidad Parcopata, Zona Parcopata, Urbanización Villa Alina, Manzano N, Lote Nº 3, Calle Avenida S/N, asimismo adjuntaron formulario de pago de impuestos de las gestiones 2010 a 2013 efectuadas en el municipio de Achocalla; así también presentaron el folio real de Derechos Reales que en la parte superior izquierda señala “Murillo, Achocalla”