Auto Supremo AS/0497/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0497/2017

Fecha: 15-May-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 247 a 250 vta., interpuesto por Eustaquio Herrera Quispe, contra el Auto de Vista N° 149/2015 de fecha 29 de septiembre de 2015 que cursa de fs. 233 a 234 vta., pronunciado por el Juzgado Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de El Alto, dentro del proceso sumario de reivindicación, seguido por Regina Roque Suntura y Anacleto Serrano Quispe contra Isaac Herrera Quispe, Eustaquio Herrera Quispe, Dorotea Santos Chipana, Inocencio Laura Mamani, Edwin Mamani Mita, Octavia Mamani Cari y Victoria Santos Chipana; el Auto de concesión del Recurso de fs. 271; el Auto Supremo de Admisión del Recurso de Casación Nº 621/2016-RA de 13 de junio de 2016 que cursa de fs. 302 a 303, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de la Provincia Murillo del departamento de La Paz, emitió la Sentencia N° 180/2015 de fecha 15 de julio de 2015, cursante de fs. 207 a 210, declarando PROBADA la demanda de fs. 12-14, subsanado por memorial de fs. 16, 17 y 18, interpuesta por los señores Regina Roque Suntura y Anacleto Serrano Quispe, en consecuencia concedió a los demandados el plazo de 10 días después de ejecutoriada la Sentencia, para restituir a los legítimos propietarios el bien inmueble ubicado en el manzano “N”, Lote Nº 3 de la Urbanización Villa Alina Achocalla Provincia Murillo del departamento de La Paz, con una superficie de 250 mts2., registrado en Derechos Reales bajo el folio reeal Nº 2.01.3.01.0049561, con costas