Auto Supremo AS/0497/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0497/2017

Fecha: 15-May-2017

Posteriormente, una vez que los demandados fueron citados con la demanda, y ante el apersonamiento

Posteriormente, una vez que los demandados fueron citados con la demanda, y ante el apersonamiento de estos y la interposición de la excepción de incompetencia en razón al territorio, porque el inmueble objeto de la litis se encontraría ubicado en la Urbanización Villa Alina, y que esta se encontraría dentro de la jurisdicción territorial de la ciudad de El Alto y no en la jurisdicción de Achocalla como argumentaron los demandantes; la parte actora respondió a las mismas y para sustentar que el juez de la causa si era competente para conocer el proceso, presentó el informe técnico SMT/DPUC/169/2014 emitido por el Director de Planificación Urbana y Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla (fs. 80), donde se informa que la Urbanización “Villa Alina” fue aprobada con la Resolución Administrativo Técnico Jurídico Nº 113/2011 y homologada por el Concejo Municipal con Resolución Municipal Nº 018/2012 y que la misma se encuentra ubicada en la Comunidad Ex Fundo Parcopata-Cantón Achocalla