Auto Supremo AS/0497/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0497/2017

Fecha: 15-May-2017

En mérito a esos antecedentes, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial

En mérito a esos antecedentes, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de El Alto, emitió el Auto de Vista N° 149/2015 de fecha 29 de septiembre de 2015, cursante de fs. 233 a 234 vta., que en lo más trascendental de la Resolución señaló que los actores procedieron a interponer su demanda ante la autoridad jurisdiccional competente en relación a la ubicación del bien inmueble objeto de la demanda, tal cual lo advirtió del plano de ubicación expedido por el Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, formulario de pago de impuestos a la propiedad inmueble, refrendados estos con el acta de inspección ocular que refiere que se constituyeron en la localidad de Achocalla; asimismo, respecto a la competencia del Juez en razón de la cuantía, señaló que el mismo carecería de fundamentación por cuanto de los formularios de pago de impuestos a la propiedad inmueble se advertiría que la base imponible del bien inmueble objeto de la demanda alcanza a Bs. 55.000, cuantun suficiente para ser tramitado ante el juzgado que conoció la causa en primera instancia; que en la especie los actores demostraron su derecho propietario, y dirigieron la demanda contra de los ilegales poseedores o detentadores, además de haber identificado y singularizado con precisión el bien objeto de la reivindicación; finalmente refirió que no corresponde la consideración de aspectos que han merecido tratamiento a momento de resolver las excepciones, siendo que los codemandados ahora recurrentes han interpuesto recurso de apelación en contra de dicha Resolución, habiendo sido diferida en su tratamiento, sin embargo no habrían hecho uso de dicha postergación pues no habrían fundamentado dicho recurso conjuntamente con la apelación de la Sentencia, por lo que CONFIRMA en forma total la Sentencia recurrida en apelación, con costas