Auto Supremo AS/0515/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2017

Fecha: 17-May-2017

Finalmente respecto de la prueba pericial de oficio cursante de fs

Finalmente respecto de la prueba pericial de oficio cursante de fs. 340-375, misma que a criterio del Juez A quo habría sido decisiva en la Resolución de la presente causa, considera que debió ser valorada conforme las previsiones del art. 441 del C.P.C.; es decir en consideración a la competencia del perito, al respecto señala que dicho informe fue elaborado por un Arquitecto y no un Ingeniero Civil, considera que el trabajo del primero de los nombrados tiene más que ver con el diseño de espacios, tipo de construcción, distribución y otros detalles de tipo artístico, en tanto que el segundo de los nombrados realiza un trabajo de cálculos y procedimientos técnicos para garantizar la estabilidad de una construcción, aspectos por los que no podía ser determinante el informe pericial de oficio evacuado por un arquitecto, precisamente en razón de su competencia