Auto Supremo AS/0518/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2017

Fecha: 17-May-2017

De donde podemos inferir que el bien inmueble objeto de litigio tiene un mismo vendedor,

De donde podemos inferir que el bien inmueble objeto de litigio tiene un mismo vendedor, por lo que se hace aplicable en la especie el art. 1545 del Código Civil; en ese antecedente, la titularidad de la parte actora José Rocabado Terrazas, tiene la prelación en su registro, toda vez que se remite a la transferencia que hubo efectuado Hugo Antelo Zankys en favor de Juan Villarroel Caballero, Juan Carlos Mealla Zields y Fidel Díaz Ortega, cuyo registro dominial en Derechos Reales se consigna en fecha 17 de marzo de 1988, por lo que dicho registro surte sus efectos desde el momento de su inscripción y adquiere la prelación y oponibilidad frente a terceros conforme establecen los arts. 1, 14 y 15 de la Ley de Inscripción de Derechos Reales y 1538 del Código Civil. En cambio, el derecho propietario de Raúl Serrudo Oropeza, en su registro se remite a la transferencia que le ha efectuado Hugo Antelo Zankys, adquiriendo dicha transferencia publicidad en el registro de Derechos Reales, recién en fecha 04 de enero de 2011; de donde se colige que su registro es de data posterior, ratificándose de esta manera que el derecho propietario le es preferente a la parte demandante