Auto Supremo AS/0518/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2017

Fecha: 17-May-2017

Refiere que lo único que hace el recurrente es volver a plantear una nueva apelación

II.1.7.- Acusa que tanto la juez recurrida como el juez de alzada, al restarle importancia y valor legal a los certificados de tradición específica de los registros también transgredieron lo que establece el D.S. Nº 27957, que abroga el Decreto Reglamentario de 5 de diciembre de 1888 de la Ley de Registro de Derechos Reales en su art. 16. Asimismo el art. 26 y art. 28., de donde se concluye que un mismo inmueble registrado en Derechos Reales, no puede tener dos números de Matrícula, ni distinto antecedente dominial, lo que demuestra que el lote de terreno objeto de litis, le pertenece, conforme establecen los arts. 12, 14, 15, 16, 26 del D.S. 27957. De donde se concluye que ambas autoridades jurisdiccionales recurridas, no pueden llegar a concluir que se trata del mismo inmueble y que fue adquirido del mismo vendedor o anterior propietario, lo que de por sí, carece de sustento lógico y jurídico, esa conclusión habiendo en consecuencia incurrido en error de derecho.
Por lo expuesto, solicita casar el Auto de Vista impugnado y deliberando en el fondo, declare improbada la demanda y probada la acción reconvencional.
II.2.- De la respuesta al recurso de casación.-
Refiere que lo único que hace el recurrente es volver a plantear una nueva apelación con los mismos términos anteriores