Auto Supremo AS/0519/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2017

Fecha: 17-May-2017

Es por eso que resulta necesario expresar, como ya lo dijimos antes que el

Es por eso que resulta necesario expresar, como ya lo dijimos antes que el incumplimiento de las obligaciones o prestaciones no configura de ninguna manera una causa de nulidad que afecte a la estructura del acto, como erradamente lo entendieron los Tribunales de instancia, toda vez que el incumplimiento de la obligación debida es siempre sobreviniente y no simultánea a la celebración del acto