Asimismo refiere que en el proceso ha demostrado que los bienes inmuebles supuestamente transferidos
Asimismo refiere que en el proceso ha demostrado que los bienes inmuebles supuestamente transferidos dolosamente, fueron trasferidos mucho antes de cualquier operación que pudiese haber realizado con los ahora recurrentes, siendo que escapa a su voluntad que ellos no hayan realizado la inscripción de inmediato. Por otra parte se ha demostrado superabundantemente que su persona se dedicaba al rubro de la construcción, ocupación dentro de la cual es normal el tener que realizar ventas de forma continua, porque para eso se construyó. Por último también se ha demostrado en el proceso que la transferencia del 25% de las acciones y derecho de su propiedad en favor de la otra codemandada Tatiana Céspedes Aguilar, fue por el hecho de que ella asumió una deuda que tenía su persona con la Banca, aspecto que ha sido demostrado contundentemente en el proceso. Nunca se hizo nada fraudulento
- Partes: Juan Roberto Mendívil Brun en representación de Vanessa Cecilia Mendívil Leigue y Eliana
- Distrito: Cochabamba
- Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
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- El codemandado Gonzalo Céspedes Aguilar contesta al recurso indicando que la parte recurrente no ha
- Asimismo refiere que en el proceso ha demostrado que los bienes inmuebles supuestamente transferidos
- III.1.- En relación a la valoración de la prueba
- Respecto a lo anterior el Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha concretado
- Por otra parte el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse a
- III.2.- De la acción Pauliana o Revocatoria
- De esta manera conforme señala el art
- Asimismo en el Auto Supremo 420/2012 de fecha 15 de noviembre de 2012 se incidió
- El primer requisito para la procedencia de la indicada acción, es la insolvencia del deudor
- Requisitos que necesariamente deben cumplirse para hacer procedente la acción pauliana o revocatoria
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Sobre el particular debemos decir que el Tribunal de Alzada valoro los certificados que acusa
- Sobre el punto que cuestionan las recurrentes referido a que también trasfirió el 25% de
- Con relación a las declaraciones testificales de sus testigos, cursantes de fs
- Con relación a la segunda parte del reclamo referida a que los testigos refirieron que
- Con relación al reclamo diremos que de la revisión de la confesión que cursante a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
