La Fiscalía General del Estado, expone su contestación al recurso en el escrito de 31
La Fiscalía General del Estado, expone su contestación al recurso en el escrito de 31 de enero de 2017, que todos los motivos del apelante se vinculan a presuntos defectos en la imputación formal contra Gonzalo Sánchez de Lozada, en particular a la falta de declaración informativa previa a la imputación formal, no considera que el art. 167 del CPP, es claro al establecer que solo se pueden reclamar actos que afecten personalmente al imputado no de terceros conforme establece la doctrina constitucional en la Sc 0086/2006-R, por otra parte si se examinan la resoluciones emitidas por la sala sobre la competencia resulta que ese aspecto no ha sido determinante para que esta sala haya asumido competencia resulta más que evidente que su ratio decidendi que se encuentra en el Auto Supremo Nº 033/2016, añadiendo que existe la competencia abierta de la Sala Penal a la que el imputado ha acudido admitiendo la competencia y convalidando la misma mediante la interposición de excepciones de extinción por prescripción y otros
- Parte Acusadora: Ministerio Público
- VISTOS: El memorial de apelación de 26 de enero de 2017, formulado por Raúl España
- I. ANTECEDENTES
- II. DEL CONTENIDO DE LA APELACIÓN INCIDENTAL
- Que si bien la Sala Penal en su Auto Supremo establece que el incidentista no
- Que la actuación del Ministerio Público al haber al haber realizado una imputación con defectos
- La Fiscalía General del Estado, expone su contestación al recurso en el escrito de 31
- Por otra parte la Procuraduría General del Estado, contestó dicho recurso mediante memorial de 03
- El art
- En cuanto a los reclamos referentes a: que a tiempo de emitirse el requerimiento de
- Corresponde precisar que uno de los varios derechos que tienen las partes en el proceso,
- Así también, Eduardo J
- En este sentido la SCP Nº 1465/2011-R de 10 de octubre de 2011 estableció que:
- En este marco, y conforme correctamente fundamentó el Tribunal contralor de garantías, los agravios que
- En cuanto a que si bien la Sala Penal en su Auto Supremo establece que
- Al respecto, corresponde señalar que si bien el art
- Ahora bien, en el art
- En cuanto a que el Tribunal Contralor no habría considerado que la ausencia de notificación
- Al respecto corresponde precisar que dichos agravios atacan cuestiones referentes a que las omisiones en
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
