Auto Supremo AS/0657/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0657/2017

Fecha: 19-Jun-2017

En el Auto Supremo N° 169/2013 de 12 de abril, se ha descrito los principios

III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- El principio de convalidación que rige las nulidades procesales.
En el Auto Supremo N° 169/2013 de 12 de abril, se ha descrito los principios que rigen las nulidades procesales, en ella se dedujo sobre el principio de convalidación, exponiendo lo siguiente: “En ese entendido corresponde analizar los principios que debe tenerse en cuenta a tiempo de imponer la sanción de nulidad, vistos desde una nueva orientación:
Principio de Especificidad o Legalidad.- No existe nulidad sin Ley que taxativamente la establezca. En sentido puro, según este principio, las nulidades son solamente las previstas en la Ley y no puede aceptarse otras; criterio que en la práctica resulta poco realizable en virtud de que resulta materialmente imposible que un ordenamiento Procesal Civil recoja y pueda prever todas y cada una de las causales motivantes de nulidad