Auto Supremo AS/0168-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168-1/2017

Fecha: 05-Jul-2017

Hace referencia a la violación de lo establecido en el art

Hace referencia a la violación de lo establecido en el art. 159 del CPT, que importa implícitamente vulneración al principio de verdad material consagrado en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, de ahí que la Juez debió valorar toda la prueba presentada, hecho que fue expuesto al tribunal de alzada en el Recurso de Apelación donde se mencionó que en el punto cinco de la sentencia, la Juez nuevamente expresa un criterio personal que no se encuentra respaldado jurídicamente, asimismo los vocales no tomaron en cuenta la prueba testifical de la contadora que manifiesta que se pagaban todos los conceptos que les correspondía conforme a Ley, declaración que debió ser considerada como una verdad material, principio violado por el tribunal de segunda instancia, el cual desde la promulgación de la CPE, se constituye como rector que rige a toda la jurisdicción ordinaria, citando al respecto jurisprudencia contenida en la SC Nº 0882/2010-R de 10 de agosto, de ahí que se debió tomar en cuanta toda la prueba, aspecto omitido por el tribunal ad quem, violando en forma flagrante el art. 180.I de la CPE, avalando a la juez de primera instancia, quien no valoró toda la prueba a lo largo del proceso