Auto Supremo AS/0733/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2017

Fecha: 12-Jul-2017

Por otra parte en cuanto a la pretensión de nulidad de una transferencia judicial

Por otra parte en cuanto a la pretensión de nulidad de una transferencia judicial por vicios en el proceso de remate, propios de ejecución de Sentencia, este Tribunal de casación en el Auto Supremo Nº 1174/2015 – L de 22 de Diciembre ha orientado que: “En relación a lo expuesto supra, ya en el caso de Autos, de la revisión de obrados, se tiene evidencia que la actora demanda la nulidad de transferencia por adjudicación judicial a favor de Graciela Acuña Valverde, transferencia que se originó como resultado de un proceso de ejecución coactiva, señalando que en dicha adjudicación se habría realizado mediante un procedimiento viciado en contra de los intereses de los ejecutados Adrián Cuellar (+) y la demandante, es decir en base a supuestos vicios de procedimiento inherentes al proceso coactivo más propiamente al remate efectuado, en este entendido la actora –señala- se habría actuado en colusión, por lo que se habría llevado a cabo una tramitación ilegal razón por la que en el presente proceso pretende la nulidad de dicha transferencia, emergente de la ejecución de la Sentencia de 18 de noviembre del año 2002, dictada por el Juez de Instrucción Primero en lo Civil de la Capital- Pando cursante a fs. 2 vta. a 3 vta., dictada en proceso coactivo civil de Garantías entre Cooperativa de Ahorro y Crédito Jesús Nazareno contra Adrián Cuellar Araujo y Ana María López Álvarez, pretendiendo anular la transferencia emergente de los actos de remate realizados en ejecución de Sentencia en aquel proceso coactivo y a partir de ello anular la transferencia en favor de Graciela Acuña y se le restituya su derecho propietario perdido precisamente a través de la ejecución del proceso coactivo del que la actora fue parte