Auto Supremo AS/0741/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0741/2017

Fecha: 18-Jul-2017

De igual manera, en el Auto Supremo Nº 178/2016 de 03 de marzo, éste Tribunal

De igual manera, en el Auto Supremo Nº 178/2016 de 03 de marzo, éste Tribunal sobre la perención de instancia ha concretado lo siguiente: “…la perención de instancia, es una forma de extinción extraordinaria del proceso que derivada de la inactividad procesal de las partes, durante el plazo que determina el art. 309 del Código de Procedimiento Civil (6 meses), precepto normativo que contempla tres requisitos para su procedencia, la de instancia (primera instancia), la del tiempo y otra la inactividad durante seis meses, existiendo excepciones a esta regla anotadas en el art. 313 del mismo cuerpo legal. La segunda parte del art. 309 del Código de Procedimiento Civil, señala que “el plazo se computara desde la última actuación”, la norma no indica que la actuación sea exclusivamente del demandante, sino en forma genérica hace referencia a la actuación procesal, se entiende de las partes (el demandante, demandado o el Juez)”