Auto Supremo AS/0741/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0741/2017

Fecha: 18-Jul-2017

Respecto a lo anterior, en el Auto Supremo Nº 611/2015-L de 03 de Agosto, se

Respecto a lo anterior, en el Auto Supremo Nº 611/2015-L de 03 de Agosto, se ha señalado lo siguiente: “Acudiendo a la doctrina sobre la norma en análisis CHIOVENDA señala: “…anteriormente se consideraba a la perención como una pena al litigante negligente, pero hoy se admite que cuando las partes dejan paralizado el proceso por un tiempo prolongado, es porque no tienen interés en su prosecución y que desisten tácitamente de la instancia lo que autoriza a al Estado a librar a sus propios órganos de todas las obligaciones derivadas de la existencia de una relación procesal”