Auto Supremo AS/0768/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2017

Fecha: 21-Jul-2017

Agrega, que acusa como violado el art

Refiere que el Auto de Vista es absolutamente violatorio a lo dispuesto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, porque “no resuelve la apelación sobre la tercería coadyuvante interpuesta por Dolly Margarita Aliaga Murillo”. Tampoco se pronuncia respecto a la indicada Tercería que se encuentra declarada probada en la Sentencia. De su parte, y dando cumplimiento a lo dispuesto por el art. 394.I y II del Código de las Familias solicitó mediante memorial de fs. 210 complementación, aclaración o enmienda respecto a la tercería coadyuvante situación que fue desestimada declarándose no haber lugar a la solicitud impetrada.
Agrega, que acusa como violado el art. 357 del Código de Procedimiento Civil, porque el Auto de Vista impugnado al no haber resuelto la situación de la tercería coadyuvante, ha conculcado la citada norma jurídica