Auto Supremo AS/0790/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0790/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Del análisis del recurso de casación se tiene que este contiene reclamos de forma y

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del análisis del recurso de casación se tiene que este contiene reclamos de forma y fondo, por lo que afectos de mantener un orden lógico pasaremos a considerar primero los reclamos de forma, en tal entendido diremos que:
Los recurrentes acusan que se habría violado el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, pues el Tribunal de Alzada no se habría referido a todos los puntos apelados concretamente en relación a la citación con la demanda, señalando que después de las notificaciones los defensores de oficio el abogado Delfor Zapata como defensor de oficio de Angélica Pacosillo, respondió el 24 de abril de 2008 por lo que nuevamente habría vuelto a correr el termino de prueba, temática que no habría sido considerada por el Tribunal de Alzada, pues el Juez A quo habría omitido pronunciarse sobre la excepción de abuso derecho que habría sido formulada a fs. 96 a 100 vta.
Al respecto se debe señalar que tomando en cuenta lo desarrollado en el punto III.1 de la doctrina aplicable, donde se cita la SCP Nº 1083/2014 de 10 de junio que determina que los casos en que se acusa incongruencia omisiva respecto al recurso de apelación el Tribunal de Casación debe limitar su consideración únicamente para establecer si hubo o no respuesta a los reclamos del recurrente, lo contrario implicaría ingresar a cuestiones que atingen a la impugnación en el fondo, por lo que el hecho de identificar las respuestas consideradas de omitidas en la resolución impugnada no implica que se dé una respuesta positiva o negativa a lo razonado en el fondo o que se esté de acuerdo con las mismas