Auto Supremo AS/0790/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0790/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En cuanto a que no se habría realizado la correcta valoración del testimonio N°

En relación a que en la documentación que corre a fs. 314 y 324 existiría un informe de la dirección de información territorial de la oficialía mayor de gestión, pruebas que no habrían sido tomadas en cuenta por los jueces de instancia, sin embargo, demostrarían una falsedad material e ideológica en la que habría incurrido la demandada; al respecto corresponde precisar que del análisis de las documentales de fs. 314 y 324, no establecen que la ubicación del inmueble de los demandados este ubicada en el lugar del inmueble del cual los recurrentes pretenden el mejor derecho probatorio, al contrario el documento cursante a fs. 314 reafirma que el inmueble se encontraría ubicado en la avenida costanera, y no sobre la calle 9 y al constituir el documento de fs. 324 una fotocopia simple, no resulta eficaz para determinar si se trata de un documento falsificado o no pero que tampoco tiene incidencia para establecer la ubicación real del derecho propietario de los actores; deviniendo en infundado lo acusado en este punto.
En cuanto a que no se habría realizado la correcta valoración del testimonio N° 2853/1992; formulario 27 de la dirección de desarrollo urbano; formulario de aclaración informativa de Agustín Villca, y formulario de declaración informativa de Raymundo Quispe; corresponde precisar que los recurrentes se limitan a señalar que no se habría realizado una correcta valoración de dicha prueba sin esgrimir mayor fundamento; debiendo reiterarse que en el caso presente el motivo principal para rechazarse las pretensiones de mejor derecho propietario es que conforme se desarrolló supra, los inmuebles sobre los que las partes tiene su derecho propietario no son los mismos; por lo que no existiendo fundamentación de la supuesta incorrecta valoración probatoria que es un requisito en la formulación de los reclamos (doctrina aplicable III.4); no corresponde realizar mayores consideraciones al respecto