Auto Supremo AS/0607/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0607/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

El imputado Félix Solís, realizó una serie de denuncias a la Cooperativa desde el 27


El referido Asesor Legal, logró la consumación de los actos ejecutivos por los representantes de la Cooperativa para la suscripción de la escritura pública 274/2010 de 10 de marzo, haciendo que el tercerista Félix Solís Jaimes, declare la existencia de una suma mayor como deuda a capital, intereses y costas, siendo que la deuda real a capital era de $us. 5.000.- (cinco mil dólares estadounidenses 00/100), con la expresa finalidad de aprovechar el excedente a desembolsarse por la Cooperativa y repartirse con el tercerista y cesionante. Para el desembolso de $us. 14.000.-, se asignaron roles específicos al abogado Félix Solis Jaimes, convirtiéndolo de legal ganador de una tercería a co-autor de los delitos que se acusan, según advierte del acuerdo previo que independientemente del pactun Scarleris, efectuado entre los imputados, sin la participación y resolución conjunta, de pretender la cancelación de un monto mayor al que en realidad correspondía, pues ni Oscar Bejarano ni Félix Solís, de forma independiente habrían hecho posible la consumación del delito.

El imputado Félix Solís, realizó una serie de denuncias a la Cooperativa desde el 27 de abril de 2007, en las que manifestó parte del plan llevado a cabo en contra de la institución, el Asesor Legal recibió una suma mayor a los $us 4.000.- con la estratégica posición e influencia en las decisiones de la Cooperativa, requirió premeditación para consumarlo, preparación como planificación meticulosa con el co-imputado