Auto Supremo AS/0613/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0613/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

En cuanto a que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o


El Gobierno Departamental de Pando, a través de sus representantes y previa referencia de los defectos previstos en el art. 370 incs. 1) y 6) del Código adjetivo penal, denunció que el Juez de mérito, admitió y aceptó la prueba que fue presentada por el testigo de descargo, ofrecido por la acusada, lesionando el art. 173 del CPP y llegando a la verdad material, cosa distinta que corresponde a las partes demostrar la verdad material y no así al Juez, por lo que la Sentencia carece de fundamento jurídico; por cuanto, no señala en qué parte de la norma jurídica o leyes, señala que se puede admitir prueba que tiene que presentar el testigo, en mérito de lo cual absolvió de pena y culpa a la acusada.

En cuanto a que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, el Juez aceptó prueba ilegal, injusta y arbitraria, fuera de la norma jurídica, no existe el sustento jurídico a esa prueba, más al contrario el Juez admitió con total vulneración de los principios constitucionales, el debido proceso y la seguridad jurídica