Auto Supremo AS/0613/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0613/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Si el Código, prevé la necesidad de suspender la audiencia del juicio para producir prueba




Si el Código, prevé la necesidad de suspender la audiencia del juicio para producir prueba extraordinaria, por lógica se entiende que permite la incorporación de dicha prueba, obviamente que la que se refiere, directa o indirectamente al objeto de la investigación y sea útil para el descubrimiento de la verdad. El Juez dice que los documentos que menciona y tiene en sus manos el testigo Yoncésar Pérez Rojas, están referidos al objeto del debate, lo que justifica su incorporación más aún si el principio constitucional y legal de la verdad material obliga al juzgador al descubrimiento de la verdad histórica de los hechos, siempre y cuando no se vulneren las formas esenciales de producción e introducción de los medios probatorios. En este caso no se ha violado esas formas al ser permitida la introducción de prueba extraordinaria