Auto Supremo AS/0845/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0845/2017

Fecha: 16-Ago-2017

Cumpliendo con dicho mandato, a fs

Cumpliendo con dicho mandato, a fs. 237 la apoderada a nombre de todos sus mandantes, se apersona al proceso de división y partición solicitando fotocopias legalizadas y anotación preventiva de los bienes objeto de división, aunque incurre en un defecto al citar el número del Poder; posteriormente al haberse declarado la contención del proceso, mediante memorial de fs. 147-148 reformuló la demanda de división y partición, ratificándose a fs. 151 a 152 en cuya postulación pretensional omitió hacer referencia a sus mandantes David y Jaquelin Kinjo Vaca; sin embargo esa omisión no debe ser entendida como exclusión a las indicadas personas del planteamiento de la acción, mas por el contrario forman parte en calidad de sujetos activos de la misma, habida cuenta que el Poder otorgado a la apoderada es bastante expreso y específico para el planteamiento de la demanda de división y partición a nombre de todos sus mandantes, sin lugar a exclusión alguna, así además lo vino realizando en la presentación de posteriores memoriales cuando refiere que actúa a nombre de todos sus mandantes