Auto Supremo AS/0923/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0923/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Posteriormente en escrito de fs

Posteriormente en escrito de fs. 224 a 228, formula incidente de nulidad de obrados, que en lo esencial refiere falta de jurisdicción y competencia, alegando que ante el Juzgado de Partido Noveno en lo Civil existe una causa civil por nulidad de contrato de compra venta en contra de Mario Cronembold Rivera, Club de Golf Mapaizo y Kinjo Shimabukuro, en el que se presentó al excepción de falta de jurisdicción y competencia, que fue rechazada por el Juez entendiendo que se adjuntó Ordenanza Municipal de ampliación de radio urbano; asimismo señala el incidentista que en dicho proceso Kingo Shimabukuro ha confesado, que el predio se encuentra en proceso de saneamiento, por lo que solicita declinar de competencia al Juzgado de Partido Noveno en lo Civil, o ante el Director del Instituto Nacional de Reforma Agraria, asimismo describe que Kingo Shimabukuro transfirió el predio a la Asociación de Sub Oficiales y Clases de Policía; también refiere que consta la circular Nº 20/07, finaliza peticionando anular obrados y que se remita el proceso ante el Juez Noveno de Partido en lo Civil autoridad que conoce la causa principal por todas las propiedades