Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0933/2017
Fecha: 29-Ago-2017
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Entrega
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Distrito: Santa Cruz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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II. DEL CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
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8 y 9- Menciona que el Tribunal de Alzada indicaría que la recurrente es comerciante,
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De la respuesta al recurso de casación
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
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De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
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III.2- De la rescisión del Contrato por lesión
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Este concepto consagra los dos elementos de la lesión, a saber: a) el elemento objetivo,
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De las referencias doctrinales expuestas, se evidencia que para que se configure el vicio de
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María A
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El Código Civil en su art
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III.3.- De los Contratos que están excluídos del Régimen de Lesión
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El artículo 562 del Código Civil establece los contratos que quedan excluidos del régimen de
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Con relación al tema en el Libro Doctrina General del Contrato de Francisco Messineo
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El mismo autor respecto a los contratos aleatorios ( o de suerte) dice que es
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Sobre lo reclamado diremos que conforme lo manifestamos en la doctrina aplicable en el punto
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De lo observado se determina que el Auto de Vista realizo un análisis del contrato
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Al margen de ello lo que cuestiona la parte recurrente no tiene mayor transcendencia o
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En el caso de Autos la parte demandante no ha demostrado los elementos constitutivos de
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Asimismo entre las partes contratantes ha existido un contrato de reajuste de precio, hecho
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Aunque en el punto anterior ya hemos contestado este reclamo diremos que el contrato suscrito
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Sobre el reclamo diremos que la prueba documental que cuestiona la recurrente se encuentra referida
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Sobre lo denunciado diremos que si bien el Tribunal de Alzada en un párrafo analiza
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Sobre el particular diremos que el Tribunal de Alzada analizo los agravios expuestos en el
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De lo transcrito se evidencia que el Tribunal de Alzada refirió que la parte recurrente
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Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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