Auto Supremo AS/0933/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0933/2017

Fecha: 29-Ago-2017

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Respecto a la transacción Carlos Morales Guillen en su Libro Código Civil concordado y anotado expresa: La transacción por su propia definición, supone una concesión de renuncias reciprocas sobre derechos que por litigiosos, contienen cierto elemento aleatorio y consiguientemente, no puede determinarse al celebrar el contrato, la desproporción notoria que justifica la acción rescisoria. Las ventas judiciales se efectúan en subasta pública y en ellas no concurren los elementos que configuran la lesión.
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
1.- Denuncia que el Auto de Vista violaría el principio de congruencia establecido en el art. 265 del Código Procesal Civil, debiendo circunscribirse a los puntos que fueron resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de fundamentación, pues indica que el Auto de Vista habría considerado aspectos que la sentencia no ha considerado y que tampoco el recurso de apelación no mencionaría