Auto Supremo AS/0754/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2017-RRC

Fecha: 27-Sep-2017

Cuando el Tribunal de Alzada advierte que el Juez o Tribunal de instancia han pronunciado


En cuanto al caso concreto, si bien efectivamente la norma procesal penal otorga al Tribunal de apelación restringida la posibilidad de corregir los errores en la aplicación del derecho y emitir directamente una nueva Sentencia –siempre y cuando sea posible-, debe tenerse en cuenta que las normas procesales son de orden público; y por consiguiente, de cumplimiento obligatorio, por tal razón la facultad del Tribunal de alzada se halla restringida en los supuestos en los que se compruebe la existencia de defectos absolutos, conforme la normativa prevista en el art. 169 del CPP, que atenten los derechos fundamentales de las partes y cuando se constate la concurrencia de algunos de los defectos descritos en el art. 370 del CPP, entre ellos, la defectuosa valoración probatoria o la falta de fundamentación de la sentencia apelada, que de modo alguno pueden ser corregidos directamente por el Tribunal de apelación.

Cuando el Tribunal de Alzada advierte que el Juez o Tribunal de instancia han pronunciado fallos sustentados en defectuosa valoración de la prueba, vulnerando la previsión de los arts. 173 y 359 del CPP, incurriendo en el defecto establecido en el art. 370 inc. 6) del CPP, evidenciándose que la Resolución no contiene los elementos de prueba necesarios para subsanar el defecto en que incurrió el Juez o Tribunal de instancia, corresponde conforme prevé el art. 413 del CPP, anular la Sentencia totalmente y disponer la Reposición del juicio por otro Juez o Tribunal de Sentencia a efecto de garantizar que las partes en conflicto puedan someterse nuevamente a conocimiento, discusión y valoración de la prueba, por otro Juez o Tribunal, quienes observando los Principios de Inmediación y Contradicción que rigen el proceso y el circuito probatorio, emitan una nueva Resolución con base a un nuevo criterio de valor emergente de la correcta aplicación de las reglas de la sana crítica