Auto Supremo AS/0755/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0755/2017-RRC

Fecha: 27-Sep-2017

En el caso de autos, este Tribunal de Casación se halla impedido de ejercer control


En el caso de autos, este Tribunal de Casación se halla impedido de ejercer control de legalidad sobre la forma de resolución de los agravios planteados en el recurso de apelación restringida, debido a que los impugnantes no fundamentaron de manera correcta, el agravio que les causa el Auto de Vista o la incorrección en sus conclusiones; por el contrario, en inobservancia de lo dispuesto por el art. 416 del CPP, exponen el agravio que les habría causado el A quo con la emisión de la Sentencia, señalando que éste no había valorado las pruebas de acuerdo a la sana crítica, conforme lo previsto por el art. 173 del CPP, argumento que además de estar dirigido a observar la Sentencia, es general pues no especifica qué pruebas no fueron valoradas conforme lo dispuesto por la norma procesal adjetiva señalada y qué reglas de la sana crítica fueron inobservadas o erróneamente aplicadas. Sumado a este hecho, el recurrente comenzó señalando que la Sentencia y el Auto de Vista, fueron dictados “en completa inobservancia”, empero no concluye dicho argumento especificando a qué inobservancia se refiere y continúo expresando que los referidos Tribunales no valoraron las pruebas; argumento que además de ser general conforme lo señalado, denota obscuridad en el pensamiento del recurrente, quien no consideró que el Tribunal de apelación, no tiene facultades para revisar cuestiones de hecho o revalorar prueba, como pretende el recurrente al señalar que incluso el Tribunal de alzada, había dictado su resolución con falta de valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica según lo previsto por el art. 173 del CPP. Cuando dicha facultad es privativa del Tribunal de mérito