El Juez de primera instancia en lo esencial llegó a concluir –en su Sentencia- que
En el fondo.-
El Juez de primera instancia en lo esencial llegó a concluir –en su Sentencia- que las actoras tienen la posesión de predio objeto de Litis desde más de 20 años (fs. 316) conforme a la prueba testifical, asimismo refiere que de acuerdo a la inspección realizada y las literales de fs. 3 a 5 concluye que las demandantes tienen constituida su actividad comercial en dicho predio reuniendo los elementos del corpus y animus, que no fue rebatido por las demandadas en su declaración confesoria de fs. 282 a 283, las que reconocieron la posesión de las actoras por un periodo superior a los 10 años, con las características de quieta, pacífica y continuada, entendiendo por tal conclusión que las actoras hicieron valer una posesión propia y no sucesiva, esta descripción obedece a los hechos probados a los que arribó el juzgador
El Juez de primera instancia en lo esencial llegó a concluir –en su Sentencia- que las actoras tienen la posesión de predio objeto de Litis desde más de 20 años (fs. 316) conforme a la prueba testifical, asimismo refiere que de acuerdo a la inspección realizada y las literales de fs. 3 a 5 concluye que las demandantes tienen constituida su actividad comercial en dicho predio reuniendo los elementos del corpus y animus, que no fue rebatido por las demandadas en su declaración confesoria de fs. 282 a 283, las que reconocieron la posesión de las actoras por un periodo superior a los 10 años, con las características de quieta, pacífica y continuada, entendiendo por tal conclusión que las actoras hicieron valer una posesión propia y no sucesiva, esta descripción obedece a los hechos probados a los que arribó el juzgador
- Partes: Estefanía Saavedra Durán. c/ Susana Saavedra Gómez y otra
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que no se tomó en cuenta los elementos de la posesión del corpus y
- Acusa infracción de los arts
- Por lo expuesto solicita que en base al recurso en el fondo, case el Auto
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- La descripción que acusa el recurrente es la descripción de superficie, límites y colindancias del
- El Juez de primera instancia en lo esencial llegó a concluir –en su Sentencia- que
- En el recurso se exige que el Tribunal de alzada debió demostrar jurídicamente que el
- Asimismo describe en el recurso que, no se ha considerado que las actoras no acreditaron
- Sobre la descripción de no haberse tomado en cuenta que la posesión supone los elementos
- Se debe reiterar que los de instancia no asumieron haberse probado la existencia de “actos
- En cuanto a que no se cumplió con las exigencias descritas en los arts
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
