El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el demandante de fs. 261-276, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 17/2016 de 3 de agosto de 2016, (fs. 292-299), confirmó el auto de 29 de abril de 2013 (apelado en el efecto diferido) mismo que rechaza incidente de nulidad planteado en contra del auto de 26.02.2013 y confirmó la Sentencia Nº 69 de 26 de julio de 2013, (fs. 252-255) y su auto de aclaración de la sentencia de 14 de agosto de 2013.
I.2 Motivos del recurso de casación.
El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 302-310
En grado de apelación deducida por el demandante de fs. 261-276, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 17/2016 de 3 de agosto de 2016, (fs. 292-299), confirmó el auto de 29 de abril de 2013 (apelado en el efecto diferido) mismo que rechaza incidente de nulidad planteado en contra del auto de 26.02.2013 y confirmó la Sentencia Nº 69 de 26 de julio de 2013, (fs. 252-255) y su auto de aclaración de la sentencia de 14 de agosto de 2013.
I.2 Motivos del recurso de casación.
El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 302-310
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad
- El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de
- En la forma. El recurrente manifiesta en síntesis lo siguiente
- 4
- 1
- Concluyó solicitando que el Tribunal de Alzada emita Auto Supremo, casando en el fondo el
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En cuanto al recurso de casación en la forma planteado
- d) Principio de convalidación, 'en principio, en derecho procesal civil, toda nulidad se convalida por
- En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, previamente a ingresar al análisis
- En cuanto al recurso de casación en el fondo planteado
- Asimismo, la controversia se centra en dilucidar si es que en la resolución impugnada existe
- En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, en respuesta a ambos puntos
- Por otra parte, la resolución impugnada es clara al indicar que: “…de la revisión de
- En base a lo descrito precedentemente, se evidencia que estos aspectos fueron tomados en cuenta
- Consecuentemente, al no ser evidentes la infracciones y violaciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
