En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, previamente a ingresar al análisis
En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, previamente a ingresar al análisis de las presuntas vulneraciones alegadas, corresponde establecer expresamente si es que, respecto de la nulidad reclamada, se cumple con todos y cada uno de los presupuestos necesarios y concurrentes para declararla. Es así que, resulta evidente que el hoy recurrente no indica con precisión cual es la norma legal que expresamente castiga con nulidad al acto procesal reclamado (auto de fecha 26 de febrero de 2013, mediante el cual el Juez de la causa concede al demandado el plazo de 3 días para subsanar defectos legales en el mandato), pues como ya se indicó, ningún acto judicial podrá ser declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por la ley, en otros términos “No hay nulidad, sin ley específica que la establezca”
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad
- El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de
- En la forma. El recurrente manifiesta en síntesis lo siguiente
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- Concluyó solicitando que el Tribunal de Alzada emita Auto Supremo, casando en el fondo el
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En cuanto al recurso de casación en la forma planteado
- d) Principio de convalidación, 'en principio, en derecho procesal civil, toda nulidad se convalida por
- En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, previamente a ingresar al análisis
- En cuanto al recurso de casación en el fondo planteado
- Asimismo, la controversia se centra en dilucidar si es que en la resolución impugnada existe
- En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, en respuesta a ambos puntos
- Por otra parte, la resolución impugnada es clara al indicar que: “…de la revisión de
- En base a lo descrito precedentemente, se evidencia que estos aspectos fueron tomados en cuenta
- Consecuentemente, al no ser evidentes la infracciones y violaciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
