Auto Supremo AS/0530/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2018

Fecha: 02-Oct-2018

En concordancia con lo anterior, el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006,

En ese sentido, este Tribunal ha señalado que toda contratación que responda a labores permanentes y propias de la empresa presentando las características de relación de dependencia, subordinación y prestación de trabajo por cuenta ajena, así como la percepción de un sueldo o salario, conforme establecen los arts. 1 y 2 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, en concordancia con el art. 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, deben sujetarse a lo dispuesto por la Ley General del Trabajo, añadiendo además que en aplicación del principio de la primacía de la realidad, la interpretación de las relaciones entre empleadores y trabajadores, debe tomarse en cuenta, lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que las partes han contratado formalmente o de manera aparente.
En este contexto es importante la demostración de la realidad, que impera sobre la relación laboral; de tal forma, que si bien el empleador y trabajador pueden acordar determinada modalidad de trabajo; sin embargo en la realidad se configura otra distinta, es esta última la que tiene efectos jurídicos; es decir, son los hechos los que determinan la naturaleza de la relación y no así su denominación
En concordancia con lo anterior, el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, dispone que los derechos de los trabajadores son irrenunciables y será nula cualquier convención en contrario o que tienda a burlar sus efectos; en este sentido, la referida norma en su art. 4 ratifica la plena vigencia de los principios del derecho laboral y particularmente en lo que hace al presente caso, el principio protector, el principio intervencionista y el principio de primacía de la realidad. Asimismo, el art. 4 de la norma citada, en relación con su art. 5, advierten respecto de formas que tiendan a encubrir la relación laboral, debiendo prevalecer la interpretación de la realidad sobre la apariencia