Auto Supremo AS/0530/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0530/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Sentencia

VISTOS: El recurso de casación de fs. 384 a 386, interpuesto por Freddy Abdón Endara Jiménez, en representación de la Caja de Salud de la Banca Privada, en mérito al poder especial y bastante Nº 1036/2016 de 28 de octubre, otorgado ante la Notaría Nº 78 de la ciudad de La Paz, a cargo de la abogada María Eugenia Quiroga de Navarro (fs. 379 a 383), contra del Auto de Vista Nº 99 de 24 de agosto de 2016, emitida por la Sala Social Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido a demanda de Guissela Carmen Zeballos Salazar, contra la entidad que representa el recurrente, el Auto Nº 93 de 30 de mayo de 2017, de fs. 393, por el que se concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 403 de 05 de julio de 2017 de fs. 403 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales el Juez 3º de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 486 de 20 de septiembre de 2013 cursante de fs. 278 a 279 vta., por la que declaró PROBADA en parte la demanda a fs. 68 a 71, sin costas, ordenando que la entidad demandada, cancele a favor de la actora la suma de Bs. 49.906,07 por concepto de indemnización por seis años y cuatro días, aguinaldo en duodécimas por la gestión 2007, vacación correspondientes a las gestiones 2006 a 2007, bono de antigüedad, más la multa del 30% prevista por el art. 9 del DS Nº 28699, rechazando la solicitud de aclaración, complementación y enmienda pedida por la actora, mediante Auto Nº 371 de 31 de octubre de 2013 cursante a fs. 287