Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, ANULA obrados hasta fs. 402 inclusive, disponiendo que el Tribunal de apelación, sin espera de turno ni dilación alguna, bajo responsabilidad, pronuncie nuevo Auto de Vista, debiendo considerar y resolver los agravios formulados de manera expresa por la parte.
No siendo excusable, se impone multa de Bs. 300 para cada uno de los Vocales suscribientes del Auto de Vista.
Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17. IV de la Ley del Órgano Judicial
No siendo excusable, se impone multa de Bs. 300 para cada uno de los Vocales suscribientes del Auto de Vista.
Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17. IV de la Ley del Órgano Judicial
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación interpuesta Oscar Jorge Sahonero Salazar, en representación de la Empresa Anita
- En la forma: Manifiesta que el auto de vista incurrió en errores in procedendo toda
- Señala que el Tribunal de apelación solo se limitó indicar que el juez valoró las
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- En el Fondo: Manifiesta que el Tribunal ad quem incurrió en violación, interpretación errónea y
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- Del recurso de casación de fs
- En ese contexto, el Tribunal ad quem, se constituye en la instancia de segundo grado
- En ese entendido, se evidencia que existió vulneraciones al debido proceso por falta de motivación
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
