Señala que el Tribunal de apelación solo se limitó indicar que el juez valoró las
Señala que el Tribunal de apelación solo se limitó indicar que el juez valoró las pruebas salientes de fs. 4 a 21, omitiendo motivar cuales son las razones por las cuales a su modo de ver no existiría la vulneración a la sana crítica racional (valoración de la prueba), toda vez que su persona presentó, ofreció y produjo pruebas de descargo durante el periodo probatorio, llegando a una conclusión genérica e indebida, puesto que el ad quem soslayó explicar razonadamente los motivos por las cuales arribó a esa determinación, máxime si se ofreció, ratificó y ha producido pruebas que demuestra claramente que no corresponde el pago de los beneficios sociales demandados (desahucio, bono de antigüedad, entre otros), aspectos que imposibilita conocer el “iter lógico” que siguió ese tribunal para concluir de esa manera pues las conclusiones a la que arribe el ad quem deben encontrarse debidamente justificadas, es decir, con la cita de la norma legal que respalde las conclusiones que deben ser vinculadas a cada motivo resuelto
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación interpuesta Oscar Jorge Sahonero Salazar, en representación de la Empresa Anita
- En la forma: Manifiesta que el auto de vista incurrió en errores in procedendo toda
- Señala que el Tribunal de apelación solo se limitó indicar que el juez valoró las
- Acusa que el Tribunal ad quem soló resolvió el reclamo inherente a la falta de
- Que, el silencio en la resolución citra petita u omisiva vulneró a los arts
- En el Fondo: Manifiesta que el Tribunal ad quem incurrió en violación, interpretación errónea y
- Que respecto al plazo para comunicar al Ministerio de Trabajo, la Ley es clara cuando
- Señala que estas omisiones lesionan el “Debido Proceso” en su elemento de Igualdad de partes,
- Del recurso de casación de fs
- En ese contexto, el Tribunal ad quem, se constituye en la instancia de segundo grado
- En ese entendido, se evidencia que existió vulneraciones al debido proceso por falta de motivación
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
