Auto Supremo AS/0584/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0584/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Revisando detenidamente los antecedentes del proceso, en concordancia con la normativa aplicable al caso, se

Revisando detenidamente los antecedentes del proceso, en concordancia con la normativa aplicable al caso, se establece que la Universidad demandada, contrató por gestiones completas al actor, desde la gestión 2012, hasta su retiro voluntario el 30 de noviembre de 2016 (fs. 1 a 7, repetidos de fs. 26 a 31); igualmente se advierte, que la Universidad mediante Resoluciones del Honorable Consejo Universitario, aprobaba los recesos de fin de año, que implican el goce de la vacación de los funcionarios administrativos y docentes de esa entidad, conforme consta el documento de fs. 89 de obrados, implicando con ello que el actor, habría usado su vacación correspondiente a las gestiones 2012 al 2015, de acuerdo a las previsiones del art. 44 de la LGT, modificados por los DS Nos. 3150 de 19 de agosto de 1952 y 17288 de 18 de marzo de 1980, quedando pendiente únicamente la gestión 2016, cuya gestión no concluyó, por el retiro voluntario del demandante, circunstancia que en aplicación del aludido DS Nº 12058 de 24 de diciembre de 1974, correspondía cancelar las vacaciones en duodécimas, conforme determina esta norma, no siendo evidente que se hubiese incurrido en mala interpretación (errónea interpretación) de esta disposición legal