Sentencia
VISTOS: El recurso de casación y nulidad de fs. 155 a 159, interpuesto por Rafael Dennis Zapata Velasco, contra del Auto de Vista Nº 204/2017 de 7 de junio, emitido por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contencioso Administrativo, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido a demanda del recurrente, contra la Universidad Amazónica de Pando, el Auto Nº 213/2017 de 11 de julio de 2017, de fs. 169, por el que se concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 332-A de 31 de julio de 2017 de fs. 178 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Pando, emitió la Sentencia Nº 165/017 de 06 de marzo de 2017 cursante de fs. 120 a 123, por la que declaró PROBADA en parte la demanda a fs. 10, sin costas, ordenando que la entidad demandada, cancele a favor del actor la suma de Bs. 35.719,00 por concepto de indemnización por cuatro años y diez meses de trabajo, vacación en duodécimas por diez meses, más la multa del 30% previsto por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Pando, emitió la Sentencia Nº 165/017 de 06 de marzo de 2017 cursante de fs. 120 a 123, por la que declaró PROBADA en parte la demanda a fs. 10, sin costas, ordenando que la entidad demandada, cancele a favor del actor la suma de Bs. 35.719,00 por concepto de indemnización por cuatro años y diez meses de trabajo, vacación en duodécimas por diez meses, más la multa del 30% previsto por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
- Sucre, 30 de octubre de 2018
- Demandante: Rafael Dennis Zapata Velasco
- Demandado: Universidad Amazónica de Pando
- Magistrada Relatora: Dr. Esteban Miranda Terán
- Sentencia
- Auto de Vista
- Contra el indicado Auto de Vista, el demandante, interpuso recurso de casación y nulidad, conforme
- 2
- 3
- Petitorio
- Doctrina aplicable al caso
- Respecto de la vacación anual, el artículo 44 de la Ley General del Trabajo, reformado
- Así la vacación, por disposición del artículo 44 de la Ley General del Trabajo, constituye,
- Por otra parte, el artículo 9 del DS Nº 28699 dispone:: “I
- Ésta norma al momento de aplicarse a los casos concretos, provocó ciertas confusiones, que fueron
- Por último, el Salario Mínimo Nacional, se regula mediante el Ministerio de Economía y Finanzas
- Sobre la base de la doctrina relacionada en el punto que precede se resuelve el
- Revisando detenidamente los antecedentes del proceso, en concordancia con la normativa aplicable al caso, se
- Conforme se relacionó líneas arriba, esta imposición fue determinada contra los empleadores, sean del sector
- En el caso presente, el Tribunal de alzada, atribuyó que la responsabilidad de cobrar esos
- Este razonamiento es erróneo, pues la obligación de cancelar oportunamente, se encuentra atribuida al empleador,
- Por ello es que el empleador, en caso de no hacerse presente el trabajador, debe
- En el caso presente, siguiendo esta normativa, el Consejo Universitario de la universidad Amazónica de
- En consecuencia corresponde resolver el Recurso de Casación en el Fondo, de acuerdo a lo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
