Auto Supremo AS/0957/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0957/2018

Fecha: 01-Oct-2018

a)En cuanto a la errónea aplicación de los arts

La cláusula tercera de su minuta (fs. 85 a 86), refiere: “Yo: Juan Carlos Poppe Cisneros Valdez, en Mérito al Poder Notarial en la vía voluntaria que me ha extendido mi señora esposa, sin que medie presión, solo, vicio ni mala fe doy este referido Departamento en contrato hipotecario con la facultad dispuesta por el art. 519 del Código Civil, por un préstamo de $us. 15.000…”
2.EL RECURSO INTERPUESTO POR NESTOR LORA PARRAGA Y BLANCA LOBO DE LORA.
a)En cuanto a la errónea aplicación de los arts. 236 y 227 del Código Procesal Civil