Auto Supremo AS/0959/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0959/2018

Fecha: 01-Oct-2018

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Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Público Civil y Comercial Sexto de la ciudad de Tarija, mediante Sentencia de fecha 10 de octubre de 2016, cursante de fs. 177 a 182 vta., declaró PROBADA en parte la demanda de usucapión decenal; consecuentemente declaró adquirido el derecho propietario por Claudio Marino Carrazana Baldiviezo y en función del art. 138 del Código Civil dispuso operada la usucapión en favor del demandante sobre el bien inmueble ubicado en la zona de Torrecillas, entre quebrada Torrecilla y Calle S/N de la ciudad de Tarija, con una superficie total de 40.887,75 m2; del mismo modo, dejó expresa constancia que de la superficie adquirida en usucapión, la fracción que asciende a 21.066,00 m2, correspondería a la propiedad de la demandada Teolinda Flores Villarrubia y la fracción restante de 19.821,75 m2, a presuntos y posibles propietarios por lo que el registro debería realizarse conforme a los procedimientos de Derechos Reales. Del mismo modo, declaró PROBADA la demanda reconvencional de reivindicación opuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija y la Provincia Cercado sobre la fracción de 1.115,250 m2 que constituyen propiedad municipal por constituirse franja de protección.
2.Resolución que puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que Horacio Rodríguez Velasco, Mirtha Gabriela Ledezma Villarroel en su condición de apoderados del Representante Legal del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija y la Provincia Cercado, mediante memorial de fs. 188 a 193 vta., interpusiera recurso de apelación